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El sistema de registro inmobiliario de República Dominicana

En la República Dominicana, el derecho de propiedad y las operaciones inmobiliarias se rigen esencialmente por la Constitución de la República, el Código Civil, la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario y sus reglamentos, y la Ley No. 5038 de 1958 y sus modificaciones, sobre condominios.

La Dirección General de Registro de Títulos y la Dirección General de Mensuras Catastrales son los órganos del Estado responsables de coordinar y dirigir el registro de propiedades y de las operaciones inmobiliarias. Una jurisdicción especializada de tribunales de tierras tiene competencia exclusiva para conocer los litigios sobre derechos inmobiliarios y su registro.

En 1920, durante la primera intervención militar norteamericana en Santo Domingo, fue establecido en el país el sistema Torrens, de origen australiano, en virtud del cual el Estado crea y mantiene un registro de propiedades inmobiliarias, que deben someterse previamente a un proceso judicial de depuración denominado “saneamiento”.

Cuando un inmueble es “saneado”, se le expide a su propietario un certificado de título como prueba de sus derechos, los cuales cuentan con la garantía absoluta del Estado y son oponibles a todo el mundo.

A partir de la fecha del registro, cualquier acto que afecte o limite los derechos de propiedad del dueño sobre su inmueble debe someterse al Registro de Título correspondiente, donde se controlará la regularidad del acto y, de confirmarse su validez, se procederá a su inscripción en el registro.

La propiedad de un inmueble se adquiere mediante la inscripción de su acto declaratorio o traslativo en el Registro de Títulos correspondiente. Tras su inscripción, el Registrador de Títulos expedirá a nombre del comprador el Certificado de Título que ampara su derecho de propiedad sobre el inmueble.

En la República Dominicana aún quedan algunos inmuebles por “sanear”, o “no registrados”, los cuáles se rigen por el antiguo sistema ministerial, aunque sus garantías jurídicas son inferiores a los de los inmuebles registrados. Si desea una asesoría personalizada y detallada en este aspecto, puede contactarnos y con gusto le atenderá uno de nuestros abogados especializados en derecho inmobiliario.

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